ANUNCIO RELATIVO A LA FUSIÓN POR ABSORCIÓN PROYECTADA ENTRE MANTENIMIENTOS INFORMÁTICOS NOROESTE, S.L. (SOCIEDAD ABSORBENTE) Y FARUM IT SOLUTIONS, S.L. (SOCIEDAD ABSORBIDA)
Conforme a lo prevenido en el artículo 7.1 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, se hace público el Proyecto Común de Fusión relativo a la fusión por absorción entre MANTENIMIENTOS INFORMÁTICOS NOROESTE, S.L., como Sociedad Absorbente, y FARUM IT SOLUTIONS, S.L., como Sociedad Absorbida.
Con fecha 31 de marzo de 2026, los Administradores Únicos de ambas sociedades suscribieron y firmaron el Proyecto Común de Fusión.
El Proyecto Común de Fusión se encuentra publicado en la página web corporativa de la Sociedad Absorbente (https://mininformatica.com/), con posibilidad de ser descargado e impreso.
La fusión implicará la extinción de la Sociedad Absorbida mediante su disolución sin liquidación y la transmisión en bloque de su patrimonio social a la Sociedad Absorbente, que adquirirá por sucesión universal la totalidad de dicho patrimonio, subrogándose en todos los derechos y obligaciones de la Sociedad Absorbida, todo ello en los términos y condiciones previstos en el Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, y en el Proyecto Común de Fusión.
La Sociedad Absorbida es en la actualidad una sociedad íntegramente participada de forma directa por la Sociedad Absorbente, ostentando esta última la totalidad de sus participaciones sociales, por lo que la operación constituye una reorganización societaria interna sin alteración del control societario.
En consecuencia, resulta de aplicación el régimen especial simplificado previsto en el artículo 53 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, no incluyéndose en el Proyecto Común de Fusión las menciones relativas al tipo de canje, ni a las modalidades de entrega de participaciones, ni a la fecha de participación en beneficios, ni a la valoración del activo y pasivo, ni a las fechas de las cuentas utilizadas.
Asimismo, no han sido elaborados informes de administradores ni de expertos independientes, no se producirá aumento de capital en la Sociedad Absorbente y la fusión no será sometida a la aprobación de la Junta General de la Sociedad Absorbida.
Por otra parte, conforme a lo prevenido en el artículo 46.1 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, antes de la publicación del anuncio de convocatoria de la Junta General de la Sociedad Absorbente que haya de resolver sobre la fusión, los Administradores de ésta insertarán en su página web, con posibilidad de descarga e impresión: las cuentas anuales de los tres últimos ejercicios de ambas sociedades, insertándose en el caso de la sociedad absorbente únicamente las correspondientes a 2023 y 2024 por haber sido constituida en aquel año; los estatutos sociales vigentes de la Sociedad Absorbente, adjuntándose a tal efecto la escritura de constitución con estatutos anexos de MANTENIMIENTOS INFORMATICOS NOROESTE S.L.; así como la identidad de los administradores de ambas sociedades y las fechas desde las que desempeñan sus cargos.
Conforme a lo prevenido en el artículo 7.1 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, se informa a los socios, a los representantes de los trabajadores y a los acreedores de ambas sociedades de que podrán presentar a la Sociedad, hasta cinco días laborables antes de la fecha de la Junta General que haya de resolver sobre la fusión, observaciones relativas al Proyecto Común de Fusión.
En Oleiros, a 14 de Abril de 2026

